Altekio somos una cooperativa de trabajo asociado de iniciativa social, lo que equivale a decir que trabajamos sin ánimo de lucro. Por la Ley de Cooperativas (Ley 4/1999), las cooperativas de iniciativa social serán consideradas por la Administración pública de la Comunidad de Madrid como entidades sin fines lucrativos a todos los efectos.
Y esto, ¿qué significa?
– ¿Que no cobramos por nuestro trabajo o trabajamos gratis?
– ¿Que éste no es nuestro empleo y después trabajamos para ganarnos la vida?
La opción correcta es… ninguna de las dos. Que no tengamos ánimo de lucro significa romper la lógica al uso donde el principal objetivo es la obtención del máximo beneficio económico (lucro) en el menor tiempo posible.
Nuestra lógica tiene como objetivo principal el obtener el máximo beneficio ecológico y social. Así, desde el marco de la economía social, perseguimos los mayores beneficios colectivos con nuestra actividad.
Ofrecemos nuestros servicios cobrando un dinero que se destina a sufragar los costes de la actividad: alquiler del local, luz, teléfono, internet, papelería, etc., y también los salarios de las socias trabajadoras porque, una de nuestras motivaciones, es la creación de nuestro propio empleo en una condiciones laborales dignas.
Al carecer de finalidad lucrativa, la ley establece unas características propias entre las que podemos destacar que:
– Las socias de la cooperativa renunciamos a repartirnos beneficios económicos si los hubiere.
– Las retribuciones de las socias trabajadoras y de las trabajadoras por cuenta ajena no podrán superar el 150% de las retribuciones que, en función de la actividad y categoría profesional, establezca el Convenio Colectivo aplicable que guarde mayor analogía.
En síntesis, decidimos constituirnos como cooperativa sin ánimo de lucro con un doble objetivo. A nivel interno, el de crear empleo colectivo, estable y digno y, a nivel externo, de priorizar la maximización de los beneficios sociales y ecológicos frente a los beneficios económicos con nuestra actividad.